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Polo Polo seguirá en el Congreso

septiembre 1, 2023
Luego de que el Consejo de Estado rechazara las demandas que solicitaban anular su elección.

En las últimas horas se conoció el fallo del Consejo de Estado, ante las peticiones de un grupo de ciudadanos que pedían la anulación de la elección de Polo Polo, alegando que había incurrido en doble militancia.

Así las cosas, Miguel Abraham Polo Polo seguirá siendo parte del Congreso, ostentando su curul como representante a la Cámara por la Circunscripción Especial Afrodescendiente, en el periodo 2022-2026.

¿Cómo se tomó la decisión?

La ponencia estuvo a cargo de la magistrada Rocío Araújo Oñate y el caso se llevó en la Sección Quinta del Consejo de Estado, quién tras evaluar las pruebas documentales, no logró inferir que se hubiera incurrido en doble militancia.

Además, en el fallo revelado por la Revista Semana, se encuentra que Miguel Polo Polo cumplió con todos los tramites legales para realizar su inscripción en las listas afro.

Y es que hay que tener en cuenta que los demandantes aseguraban que el congresista no cumplía con las características para ser representante de las comunidades afro, ya que en documentos oficiales del Ministerio del Interior, figuraba como representante de una comunidad indígena.

También mencionaban que en las pasadas elecciones del 2022, el representante recibió apoyos políticos diferentes a los de su comunidad, por lo que habría incurrido en doble militancia.

“En este sentido, aun si en gracia de discusión la doble militancia tuviera aplicabilidad, esto es la referida a que ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político, en el presente asunto, el señor Polo Polo renunció al partido político Colombia Justa Libres el 2 de diciembre de 2021, y se postuló por las comunidades afrodescendientes, avalado por el consejo comunitario Fernando Ríos Hidalgo el 13 del mismo mes y año, es decir, después de que el demandado había presentado su dimisión a la citada colectividad, por lo que tampoco se hubiera configurado la citada prohibición”, afirma el Consejo de Estado.

En el debate jurídico, que se prolongó por más de ocho meses, la Sección Quinta aseguró que la Ley es bastante clara cuando fija los lineamientos y exigencias para obtener una curul en la Cámara de Representantes, por la circunscripción afrodescendientes, tales como:

  1. Ser ciudadano en ejercicio y mayor de 25 años
  2. Ser miembro de la comunidad respectiva.
  3. Estar bajo el aval de una organización inscrita en la Dirección de Asuntos de Comunidades Negras del Ministerio del Interior.

Requisitos que fueron debidamente acreditados por el demandado en el proceso.

En el caso de Miguel Polo Polo, se revisó que el representante a la Cámara fue avalado y es miembro de la comunidad afrodescendiente. Igualmente, las normas aplicables a la comunidad afroamericana en contiendas electorales, no tiene ninguna prohibición, a que los miembros de etnias afros, no puedan ser o haber sido parte de una comunidad indígena.

“Así las cosas, teniendo en cuenta lo anterior, no es posible predicar la configuración de la doble militancia por pertenecer a dos comunidades étnicas, dado que estas no encajaban en las categorías dispuestas en la Constitución y la Ley 1475 del 2011; pues se reitera, solo contemplaron a los partidos y movimientos políticos con o sin personería jurídica y a los grupos significativos de ciudadanos”, afirma la decisión del Consejo de Estado.

Debido a todo lo anterior, se determinó que no es posible asegurar que Miguel Polo Polo, incumplió alguna norma por haber echo parte de dos comunidades diferentes ya que renunció a la primera en los tiempos estimados por la Ley y en ningún momento fue parte de ambas, de manera simultánea.

“De lo anterior, resulta pertinente señalar que las normas que regulan la prohibición de doble militancia contemplaron como presupuesto para su configuración a los partidos o movimientos políticos, con o sin personería jurídica, y a los grupos significativos de ciudadanos, pero no las comunidades étnicas y sus organizaciones representativas”, concluyó el consejo de estado.    

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